En un fallo unánime, la Cuarta Sala de la Corte Suprema acogió la demanda presentada por el Sindicato nº 7 de El Teniente en contra de CODELCO, obligando a la empresa a pagar a los trabajadores, que están afiliados, el tiempo que utilizan en el cambio de ropa y aseo.
De esta manera, se revocó la resolución de la Corte de Apelaciones de Rancagua que había rechazado la acción judicial.
“El tiempo que emplean los trabajadores representados por el Sindicato demandante en el cambio de ropa y aseo es jornada de trabajo”, dice en su resolución los ministros Marcos Libedinsky, Orlando Alvarez, Urbano Marín, Patricio Valés y la ministra Margarita Herreros.
Codelco deberá pagar por 35 minutos diarios, con el recargo del 50%, en caso de exceder la jornada ordinaria. También deberán cancelar desde junio de 2004 y siempre que así no lo haya hecho, “por todo el tiempo en que se demuestre que ha sido ocupado en tales términos por los trabajadores demandantes y que no ha sido pagado”.
Fuente: Empresas y Negocios de “EL MERCURIO” fechado el miércoles 28 de Nov. de 2007.
